Según consta en el artículo 2º del acta constitutiva,
la ACCP, tendrá como objeto promover la actividad deportiva
de los jugadores amateur de padel y el desarrollo de actividades
, para los asociados, quienes deberán financiar sus gastos
de constitución y funcionamiento mediante el aporte de cuotas
sociales.
Tendrá como objeto el desarrollo y la difusión del
padel como deporte, utilizando los medios adecuados y que sean acordes
para dar a conocimiento público de los beneficios que brinda
practicar el deporte, los distintos lugares, donde se lo practica
y los medios para practicarlo.
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- Organización, supervisión, fiscalización
de torneos de padel, en todas sus variantes.
- Sede propia, en la que trabajan todas las comisiones y se recibe
a los clubes para los distintos trámites.
- Personería jurídica, que avala la responsabilidad
del trabajo. Servicio de asesoramiento deportivo.
- Sistematización de toda la información, volcada
en libros anuales, donde se registran a todos los jugadores y
sus antecedentes.
- Control de coordinadores y responsables de los padel.
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